viernes, 9 de enero de 2009

Abrieron la jaula de tres buitres

Tres jefes de Arana y de la Brigada platense quedaron libres por orden de Casación y ya son cuatro los represores de esos centros clandestinos que esperarán libres el juicio oral. El fiscal de Casación no apeló y la orden se hizo efectiva el 6 de enero.

Por orden de la Cámara Nacional de Casación Penal, el juez federal platense Humberto Blanco, que subroga durante la feria judicial a su colega Arnaldo Corazza, dispuso el 6 de enero la excarcelación de tres represores acusados de crímenes de lesa humanidad en los centros clandestinos de detención del Destacamento de Arana y la Brigada de Investigaciones de La Plata.
Miguel Kearney, jefe del Destacamento de Arana, y Rubén Oscar Páez y Jesús Bernabé Corrales, jefe y subjefe de la Brigada de Investigaciones platense durante la dictadura, recuperaron la libertad luego de presentar las garantías para cubrir una caución de 75 mil pesos cada uno.
Las libertades fueron dispuestas por la Sala III de la Casación entre el 22 y el 23 de diciembre pasado y recién se efectivizaron este martes, luego del arribo de los expedientes al juzgado federal de Corazza. Los jueces que ordenaron las excarcelaciones son Ángela Ester Ledesma, Guillermo Tragant y Eduardo Rafael Riggi, con pequeñas disidencias en sus votos pero con acuerdo total en el fondo de la cuestión.
Esta vez no otorgaron una excarcelación con el argumento de que los represores llevan más del tiempo razonable detenidos, como lo hicieron sus colegas de la Sala II a mediados de diciembre pasado con los ex marinos de la ESMA. Ninguno de los tres ex policías imputados cumplió dos años de detención, ya que fueron arrestados en mayo de 2007. Tras recordar que "las únicas circunstancias que obstan a la concesión de la excarcelación son: 1) peligro de fuga y 2) riesgo de entorpecimiento en la investigación", los jueces evaluaron sus situaciones personales con consideraciones exasperantes, sobre todo la relativa a que no está probado que hayan intentado "entorpecer el curso de las investigaciones".
Señalaron que "pese a la severidad de la pena prevista, los restantes elementos de juicio que ofrece el sumario controvierten la presunción de fuga que podría pesar sobre el acusado". Y para ello ponderaron, en el caso de Páez (similar al del resto): 1) La circunstancia de posser una resiencia estable en el país (...) tratándose de una finca de su propiedad; 2) su sometimiento a la acción de la justicia, que se deriva de la circunstancia de no haberse resistido al arresto y de haber sido regularmente ubicado en su domicilio; 3) la edad del encausado, quien nació el día 27 de agosto de 1935, por lo que en la actualidad tiene 73 años de edad; 4) su núcleo familiar conviviente, compuesto por su esposa, su hija y dos nietos, el que se erige como un motivo que lo mantendrá en la jurisdicción; 5) el correcto comportamiento evidenciado durante su detención bajo el régimen de arresto domiciliario y su regular acatamiento de las obligaciones procesales derivadas del mismo; y 6) la circunstancia que desde la fecha de los hechos que se le imputan al presente han transcurrido más de treinta años, no observándose acto alguno por parte del acusado que indique que durante ese largo período en el que se encontró en libertad hubiera realizado conducta alguna tendiente a sustraerse de la acción de la justicia, o entorpecer el curso de las investigaciones.
En el caso de Kearney los jueces valoraron positivamente que "no registra antecedentes penales", como si hubiera sido posible juzgarlo y condenarlo antes. No recordaron que la Cámara Federal porteña había ordenado su detención durante el juicio Camps y Etchecolatz en 1986 y que esa orden quedó en la nada por la ley de Obediencia Debida. 
Y concluyeron que "mantener la actual situación de encierro" de los imputados "vulnera los límites para el encarcelamiento preventivo en tanto se contrapone a las reglas de necesidad, subsidiariedad, proporcionalidad e intervención mínima a las que debe responder el mismo".
Las libertades de los tres represores podrían haber sido frenadas si el reaccionario fiscal de Casación Juan Martín Romero Victorica apelaba ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Pero fiel a sus compromisos y convicciones, Romero Victorica aún no presentó tal apelación (para lo cual todavía le queda tiempo), como sí lo hizo su colega Raúl Plé en el caso de los represores de la ESMA, quienes continúan detenidos.
La libertad de Kearney, Páez y Corrales se suma a la ya dictada por Corazza el 22 de diciembre pasado al guardia de Arana, Daniel Jorge Lencinas, también por orden de la misma Sala III de Casación el 18 de diciembre y con los mismos fundamentos. Esa resolución tampoco fue apelada por Romero Victorica.
En la página web de la Procuración General de la Nación aparece, en primer lugar, desde fines de diciembre pasado, un comunicado de la Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento de causas por violaciones a los Derechos Humanos durante el terrorismo de Estado referente al tema de las excarcelaciones, que explica cómo un recurso de apelación del fiscal puede frenar la medida. ¿Leerá Romero Victorica la página web de la Procuración y el Código Procesal Penal? ¿Alguien le recordará desde la Procuración lo que se espera de él? ¿Escracharán los organismos de derechos humanos al fiscal y a los jueces?
Es interesante el accionar de uno de los organismos platenses: repudió las excarcelaciones de los represores de la ESMA, causa en la que no es querellante, y todavía no reaccionó ante estas libertades, dispuestas en expedientes en los que es parte. Parece que sus abogados leen los diarios pero no las causas judiciales.

1 comentario:

Zimbon dijo...

Buena info! Volveré por mas...

saludos!